DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO RESIDENCIAL DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO
DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO RESIDENCIAL DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO
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Los derechos de las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones están en estricto apego a los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de la Ciudad de México.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a dormir en una cama individual y contar con un espacio propio para guardar sus pertenencias.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir en todo momento un trato digno y humano.
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Si te encuentras en una situación de acoso, violencia o agresiones, comunícate a la línea SOS Mujeres *765 para atención las 24 horas de manera gratuita y confidencial.
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Bajo ninguna circunstancia, ninguna persona usuaria podrá ser sometida a restricciones físicas o maltrato físico o emocional.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tendrán derecho a los servicios sanitarios correspondientes que incluyan agua caliente para su aseo personal.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a ser valoradas medicamente dentro
de las primeras 48 horas a partir de su ingreso. |
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a ser informadas, desde el momento
de su ingreso y de manera obligatoria, sobre el Reglamento Interno del Centro, en qué consistirá el tratamiento, o duración, costos ordinarios y extraordinarios y en su caso gratuidad. |
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir atención médica en caso de urgencia y de ser necesario referirlo a la institución o servicio que pueda atender su padecimiento.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a que se le informe a su familia
o representante legal de los conceptos señalados en el punto anterior. |
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a no ser discriminadas por ningún motivo.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir visita familiar o de persona autorizada al cumplir con el tiempo establecido en el modelo de tratamiento, tomando en cuenta que la persona usuaria y sus familiares serán informadas antes del ingreso.
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En caso de que la persona usuaria ingrese con tratamiento o que, como resultado de la valoración médica se determine
que lo requiere, tendrá derecho a continuarlo y a que éste sea registrado en su expediente clínico que aperture el Centro. |
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a que sus familiares o persona autorizada sean informados de los avances de su tratamiento.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir la alimentación prescrita en el Plan Nutricional autorizado por un profesional de la salud.
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Las personas usuarias, sus familiares o persona autorizada, tienen derecho a contar con un buzón visible, en el que pueden
depositar sin restricción alguna y de manera anónima sus quejas y sugerencias. |
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a que se garantice la confidencialidad y el secreto profesional sobre la información proporcionada por la persona usuaria o por sus familiares, así como de su expediente clínico y datos personales.
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DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO AMBULATORIO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO

DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO AMBULATORIO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO
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Los derechos de las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones están en estricto apego a los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de la Ciudad de México.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a ser informadas, desde el momento de su ingreso y de manera obligatoria, sobre el Reglamento Interno del Centro, en qué consistirá el tratamiento, o duración, costos ordinarios y extraordinarios y en su caso gratuidad.
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Bajo ninguna circunstancia, ninguna persona usuaria podrá ser sometida a restricciones físicas o maltrato físico o emocional.
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Si te encuentras en una situación de acoso, violencia o agresiones, comunícate a la línea SOS Mujeres *765 para atención las 24 horas de manera gratuita y confidencial.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir atención médica en caso de urgencia y de ser necesario referirlo a la institución o servicio que pueda atender su padecimiento.
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Las personas usuarias, sus familiares o persona autorizada, tienen derecho a contar con un buzón visible, en el que pueden depositar sin restricción alguna y de manera anónima sus quejas y sugerencias.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a no ser discriminadas por ningún motivo.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a recibir en todo momento un trato digno y humano.
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Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a que se garantice la confidencialidad y el secreto profesional sobre la información proporcionada por la persona usuaria o por sus familiares, así como de su expediente clínico y datos personales.
Sólo la persona usuaria puede autorizar su divulgación o permitir audios, videos o fotografías de su persona. |
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