DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO AMBULATORIO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO

DERECHOS DE LAS PERSONAS  USUARIAS DEL SERVICIO AMBULATORIO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE  ADICCIONES (CAA’S) EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Los derechos de las personas usuarias de los Centros de Atención de   Adicciones están en estricto apego a los Derechos Humanos consagrados  en  la Constitución Política de la Ciudad de México.
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones   tienen derecho a ser informadas, desde el momento de su ingreso y de   manera obligatoria, sobre el Reglamento Interno del Centro, en qué  consistirá el tratamiento, o duración, costos ordinarios y   extraordinarios y en su caso gratuidad.
Bajo ninguna circunstancia, ninguna persona usuaria podrá ser sometida a   restricciones físicas o maltrato físico o emocional.    
Si te encuentras en una situación de acoso, violencia o agresiones,   comunícate a la línea SOS Mujeres *765 para atención las 24 horas de   manera gratuita y confidencial.
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones   tienen derecho a recibir atención médica en caso de urgencia y de ser   necesario referirlo a la institución o servicio que pueda atender su   padecimiento.
Las personas usuarias, sus familiares o persona autorizada, tienen   derecho a contar con un buzón visible, en el que pueden depositar sin   restricción alguna y de manera anónima sus quejas y sugerencias.
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones tienen derecho a no ser discriminadas por ningún motivo.
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones   tienen derecho a recibir en todo momento un trato digno y humano.
Todas las personas usuarias de los Centros de Atención de Adicciones   tienen derecho a  que se garantice la confidencialidad y el  secreto   profesional sobre la información proporcionada por la persona usuaria o   por sus familiares, así como de su expediente clínico y datos personales.

Sólo la persona usuaria puede autorizar su divulgación o permitir audios, videos o fotografías de su persona.